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Factura Electronica

Factura Eléctrónica

La factura electrónica es la que ha sido expedida y recibida en formato electrónico (XML, PDF, DOC…), que reemplaza al documento en papel, y conserva el mismo valor legal con unas condiciones de seguridad.

Actualmente

Para enviar facturas electrónicas es necesario el consentimiento expreso o tácito del destinatario.

En cualquier momento el destinatario que reciba facturas o documentos sustitutivos electrónicos podrá comunicar al proveedor su deseo de recibirlos en papel.

El destinatario debe conservar de forma ordenada, en el mismo formato y soporte original en el que éstas fueron remitidas, las facturas. Ello implica:

  • Disponer del software que permita verificar la validez de la firma.
  • Almacenar los ficheros de las facturas y las firmas asociadas a cada una de ellas.
  • Permitir el acceso completo y sin demora.

Si se han recibido facturas en papel, el destinatario podrá optar por convertirlas y conservarlas en formato electrónico. Si se han recibido facturas en formato electrónico, el destinatario podrá optar por convertirlas y conservarlas en formato papel.

Fuente: Manual de Actividades Económicas de la Agencia Tributaria

Próximamente

La Ley Crear y Crecer va ha hacer obligatoria la factura electrónica en las operaciones entre empresas.

Pero no solo va a obligar a espedir dichas facturas. Esto ya lo hacen la mayoria de aplicaciones actualmente en el mercado. Esta ley va a obligar a que los clientes puedan acceder y descargar las facturas de forma gratuita y online durante al menos 4 años.

Ello obligará a las empresas a disponer de un portal de atención al cliente que permita esa funcionalidad.

Esta obligación está prevista para entrar en vigor a partir de 2024.

SGI cubre este requerimiento con la aplicación SGIPortal. Vea más información.

Fuente: Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas